Comparativa de las coberturas de los seguros
En el siguiente cuadro le mostramos de manera gráfica, las coberturas que cada seguro cubre.
Con este cuadro desde Anagán queremos mostrarle toda la información necesaria sobre los seguros de vida, para que una vez conozca, gracias a nuestro tarificador online el precio de su póliza, no tenga duda para contratar la póliza que mejor se adapte a sus necesidades.
Cobertura
Helvetia
DKV
AXA
Zurich
Santa Lucia
Liberty Seguros
Fiatc
Fallecimiento por Accidente
Invalidez por accidente de Circulación
Muerte por accidente de Circulación
Servicio de Información Juridoca

Cobertura Incluida

Cobertura NO Incluida

Cobertura Contratablel
Coberturas seguros de vida
(Según condiciones generales y particulares de cada compañía)
Fallecimiento por cualquier causa: Esta cobertura es básica y de contratación obligatoria. La aseguradora, pagará a los beneficiarios, el capital contratado en caso de fallecimiento durante la vigencia del seguro, cualquiera que sea la causa que lo produzca y el lugar en que ocurra. Este capital asegurado servirá de base para el cálculo de las otras garantías. Este capital es constante durante todo el contrato.
Invalidez permanente y absoluta por cualquier causa: Mediante esta cobertura, el asegurador pagará al propio asegurado el capital contratado en el caso que fuese declarado con una Invalidez permanente y absoluta durante la vigencia del contrato.
Fallecimiento por accidente: En el caso de que el fallecimiento del asegurado se produjera por accidente*, la compañía aseguradora pagará a los beneficiarios un capital adicional al contratado como capital base. (Doble capital)
Invalidez absoluta y permanente por accidente: En el caso de que el Invalidez absoluta y permanente del asegurado se produjera por accidente*, la compañía aseguradora pagará al propio asegurado un capital adicional al contratado como capital base. (Doble capital)
*Accidente: Hecho externo, súbito, violento, y ajeno a la voluntad del asegurado y que cause su fallecimiento de inmediato o dentro de los trescientos sesenta y cinco días naturales siguientes a la fecha en que sufrió la lesión.
Fallecimiento por accidente de circulación: En el caso de que el fallecimiento del asegurado se produjera por accidente de circulación*, la compañía aseguradora pagará a los beneficiarios dos capitales adicionales al contratado como capital base. (Triple capital)
Invalidez absoluta y permanente por accidente de circulación: En el caso de que el Invalidez absoluta y permanente del asegurado se produjera por accidente de circulación*, la compañía aseguradora pagará al propio asegurado dos capitales adicionales al contratado como capital base. (Triple capital)
*Accidente de Circulación Todo aquél que sobrevenga al asegurado en calidad de:
- Peatón
- Conductor o pasajero de un vehículo terrestre (uso de moto consultar)
- Usuario de transporte público, terrestre, marítimo o aéreo
Enfermedades Graves En caso de que el asegurado sea diagnosticado de alguna enfermedad grave estipulada en la póliza,, o sufra alguna de las intervenciones cubiertas por esta garantía, la compañía facilitara anticipo al asegurado (según compañía) a cuenta del capital base contratado
Fallecimiento Simultáneo En caso de que en un mismo accidente de circulación falleciese tanto el asegurado como el beneficiario del mismo, la aseguradora, incluye un capital extra que irá a parar al beneficiario legal correspondiente (hijos, padres, ...)
Línea Médica 24 H. La compañía pone a disposición del asegurado una línea de orientación médica las 24 horas del días, los 365 días del año. Con sólo una llamada será asesorado por un médico de familia, para contrastar de forma inmediata cualquier diagnostico
Segunda Opinión Médica En caso de que el asegurado sea diagnosticado de alguna de las enfermedades graves, recogidas por cada compañía, tanto el asegurado como su médico correspondiente, pueden consultar a otro médico con el fin de confirmar o rechazar el diagnostico.
Adelanto de capital En caso de que el asegurado sea diagnosticado con una enfermedad Terminal, la aseguradora, adelantará parte del capital contratado, para que este esté a disposición del asegurado en vida, para hacer frente a cualquier necesidad que le pueda surgir.
Servicio de Información Jurídica La aseguradora, pone a disposición del asegurado y de sus beneficiarios, una asesoría jurídica telefónica sobre los derechos que le asisten en relación al fallecimiento o accidente incluyendo entre otras: Obligaciones fiscales, Pensión de Viudedad y de Orfandad.
Tramites de Gestoría La compañía, pone a disposición de los beneficiarios de la póliza, un servicio de gestoría, para facilitar la obtención de documentos y trámites, incluyendo entre otros, certificados de defunción, fe de vida, últimas voluntades, ....
Estudios por Orfandad Puede asegurar el futuro de sus descendientes, en caso de dejarlos huérfanos, contratando un capital que irá destinado a la formación académica de sus hijos.